Pueden formar un distrito Leo seis o más Clubes Leo certificados por Distrito Leonístico. El gobernador debe aprobar la formación del Distrito Leo, cuyos límites deben coincidir con los del Distrito Leonístico patrocinador. Los Distritos Leo quedan sometidos a las disposiciones del Modelo de estatutos de distritos Leo (Leo6).
Diez o más Clubes Leo certificados por el distrito Leonístico pueden formar un Distrito Múltiple Leo. Debe haber más de 100 Leos en el Distrito Múltiple. El consejo de gobernadores de los Leones debe aprobar la formación del distrito múltiple Leo. El Modelo de estatutos de distritos múltiples Leo (Leo7) regula a todos los consejos de distritos múltiples Leo.
Los límites territoriales del distrito Leo deben coincidir con los del Distrito Leonístico patrocinador. Todos los distritos Leo deben cumplir las pautas establecidas en el Modelo Oficial de Estatutos de Distritos Leo.
La máxima autoridad dentro de un Distrito Leo Sencillo o Múltiple es la Asamblea General Leo, en la mayoría de los países está conformada por los delegados de cada club LEO que existen en el Distrito. En la misma se realizan las siguientes actividades: presentación de los informes de trabajo de la Junta Directiva Distrital; elección de la nueva Junta Directiva Distrital; fijar, confirmar o modificar la cuota Distrital; aprobación de cualquier modificación a los Estatutos y Reglamentos del Distrito; y escogencia del club organizador y sede del Próximo Encuentro Nacional.